Nuestrasrecomendaciones. El conocido como concurso exprés (hoy denominado concurso sin masa, con una regulación específica en la Ley Concursal) es el procedimiento ágil y sencillo de insolvencia en el que, desde su inicio, se constata que el deudor –ya sea persona física o jurídica– no tiene activos, carecen de valor o su tasación Elconcurso de acreedores procura que un deudor en estado de insolvencia, y que no puede cumplir con sus obligaciones, responda ante sus acreedores. Por ello, toda persona física o jurídica podrá solicitar al Juzgado competente la declaración del concurso, una vez se cumplan con los requisitos establecidos en la Ley Concursal. Concursode persona física ley de segunda oportunidad. Por el presente artículo, informamos a todos nuestros clientes que ya se ha publicado y ha entrado en vigor el Real Decreto de segunda oportunidad aplicable a personas físicas, que se encuentran en situación de insolvencia. Este decreto, entre otras medidas, añade a la Ley Concursal un
Queello sea así, conlleva que nuestro deudor persona natural que no tiene condición de empresario deba presentar preceptivamente la solicitud de concurso consecutivo acompañada de un Plan de Liquidación (ex art. 706.1 de la LC), sin la posibilidad de presentarla junto con una propuesta anticipada de Convenio como si que
Lanueva Ley 16/2022, de 5 de septiembre, modifica profundamente el estado de las cosas, y aborda la regulación del concurso sin masa ubicándola en el Título Primero, dedicado a la declaración del concurso. La sección cuarta del Capítulo quinto, (de la declaración del concurso, constituida por los artículos 37 bis a 37 quinquies Concursovoluntario vs concurso necesario. La principal diferencia entre ambos es el sujeto quién efectúa la demanda de concurso. En consecuencia, en el concurso voluntario la solicitud la llevará a cabo el propio deudor o sus legitimados (persona jurídica), mientras que en el concurso necesario quién la presentarán serán los acreedores.
I DISPOSICIONES GENERALES 14580 Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley JEFATURA DEL ESTADO Concursal, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, para la transposición de la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo
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